Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: FUNCIONALMENTE competente a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, para que siga conociendo de la presente causa, en consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto a la Coordinación Judicial del Régimen Procesal Transitorio, a los fines de que sea distribuido la presente causa.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.-