Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Alfredo Jose de Jesús Palma González y Marlene Mateus de Sousa, venezolano el primero y brasilera la segunda, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 12.421.440 y E- 82.273.022, respectivamente,, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une, que contrajeron el cuatro (04) de agosto de mil novecientos noventa y nueve (1999), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Teresa Municipio Libertador del Distrito Capital, según se desprende de Acta inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios bajo el Nº 46; por lo que se ordena participar del present.....