: DE LAS MEDIDAS DE PRE-LIBERTAD:
Este Tribunal observa que al penado VARGAS MARTINEZ MELQUIADES PEDRO, le fue REVOCADA la Formula Alternativa de REGIMEN ABIERTO, mediante decisión dictada por el Tribunal en fecha 22 de Enero de 2004, en virtud de haber incumplido las condiciones que le fueron impuestas, por lo cual no podrá optar al otorgamiento de esta misma Medida, ni a la de Libertad Condicional, tal y como establece el articulo 500 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Solamente podar someterse la penada, previo el cumplimiento de los requisitos de ley, al Beneficio de:
CONFINAMIENTO: Las tres-cuartas partes de la pena de OCHO (08) AÑOS, DIEZ (10) MESES y VEINTE (20) DIAS es al transcurrir SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES y como quiera que el penado ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES, CATORCE (14) DIAS y DOCE (12) HORAS, es por lo que a partir del día 28 de Diciembre de 2009 a las 12 de la tarde, podrá optar por este Bene.....