DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
ÚNICO: Declara CON LUGAR, el recurso de apelación, ejercido por los Abogados ISABELLA MARIA VECCHIONACCE QUEREMEL, LORENA RINCON ACOSTA Y ERICK JOSE CASTRO CORONEL, en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliares Interinos, Centésimo Quincuagésimo Sexto (156º) del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en materia Contra Las Drogas, respectivamente, quienes recurren conforme a lo previsto en el artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 14 de enero de 2015, por el Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó e.....