PERECIDO el recurso de apelación interpuesta en fecha 06 de febrero de 2015, por la ciudadana ZULAIMA BRIGIDA RODRIGUEZ GARCIA, titular e la cédula de identidad No V.-12.671.099, asistida por el abogado LEONCIO ARISTEGUETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 206.538, contra la sentencia dictada en fecha 04 de febrero 2015, dictada por el Juez del Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, con motivo del juicio de divorcio 185- A del Código Civil, incoado por el ciudadano JESUS MANUEL LONGA BLANCO, titular de la cédula de identidad No V.- 11.204.317, contra la ciudadana ZULAIMA BRIGIDA RODRIGUEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad No V.-12.761.099, en el asunto signado con el la nomenclatura AP51-V-2014-016395. En consecuencia queda confirmada la sentencia dictada en fecha 14/02/2015 dictada por el mencionado Juzgado.