En consecuencia, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, todo ello con motivo del procedimiento que por acción contencioso administrativa de nulidad incoara la sociedad mercantil CONSORCIO PROMOTING, C.A. en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación No. 0067-11, de fecha 22 de marzo de 2011, suscrita por la Dra. Haydeé Rebolledo en su condición de médico ocupacional II adscrita a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) Miranda del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). No hay condenatoria en costas.
Una vez firme la presente decisión se dará por terminado el presente asunto y ordenará su archivo definitivo y cierre informático. Así se establece.