Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 25 de marzo de 2008 por el Juzgado Vigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, en el juicio seguido por Gleidy Rey en contra de la empresa Halseca Asesores de Seguridad, c.a. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la demandada.