Asimismo, el convenio de pago comprendió la suma adicional de Bs. 10.000,00 cancelada mediante cheques Nos. 00000682, 00000695 y 00000707, emanados del BANCO PROVINCIAL, por las sumas de Bs. 1.500,00, Bs. 1.500,00 y Bs. 7.000,00, respectivamente, todos de fecha 17-10-12. Ahora bien visto que sobre dicho acuerdo se solicita la respectiva homologación, en consecuencia, este Juzgado una vez efectuada la revisión exhaustiva del acuerdo de pago presentado por las partes, así como la verificación de que el mismo cumple con los requisitos previstos en la legislación sustantiva del trabajo y no violenta en forma alguna los derechos del accionante, por lo que este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGADO el acuerdo de pago celebrado por las partes y se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad j.....