Se declaró SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano GABRIEL NAFAL HERRERA, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 4 de junio de 2008. SE CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes, la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 4 de junio de 2008, que negó la medida preventiva de embargo. Se condena en costas a la parte actora-apelante, las cuales podrán ser exigidas al quedar firme la sentencia definitiva, de conformidad con el artículo 284 del Código de Procedimiento Civil....