A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos LUIS DANIEL OVIEDO PEÑALOZA y KARELYS DEL VALLE CAZORLA CELIZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.530.024 y V-18.493.195 respectivamente. Como consecuencia de ello, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído el 20 de diciembre de 2007, por ante el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según acta N° 121, del año 2007, del Libro de Matrimonios correspondiente.