-PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO de gestión de compra venta del fondo de comercio denominado EXTREME ACCESORIOS C.A., suscrito por las ciudadanas ALICIA ESTHER BLANCO LEÓN y MERCEDES AMPARO GUERRA RAUSEO, en fecha 17 de Noviembre de 2012.
-SEGUNDO: Se declara RESUELTO el contrato de gestión de compra venta del fondo de comercio denominado EXTREME ACCESORIOS C.A., suscrito en fecha 17 de Noviembre de 2012, por las ciudadanas ALICIA ESTHER BLANCO LEÓN y MERCEDES AMPARO GUERRA RAUSEO, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la inexistencia de vencimiento total en la causa, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
-CUARTO: Se hace del conocimiento de ambas partes, que el presente fallo es proferido en la oportunidad legal prevista en el artículo 876 del Código de Procedimiento Civil, por lo que resulta .....