Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANGELA MAYERLING RUIZ SILVA y JOSÉ MIGUEL ARCILA PADRÓN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.094.392 y V-6.887.887, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 13 de enero de 1989, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Guarenas Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 14, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así.....