Con fuerza en los fundamentos de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción judicial autenticada en fecha 21 de junio de 2010, ante la Notaria Pública Quinta del Municipio Chacao del Distrito Capital, y celebrada entre la ciudadana ELIZABETH REINA ROMERO, mayor de edad, venezolana, de estado civil divorciada, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 6.821.235, en su condición de parte actora, por una parte; y, por la otra, el ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ JARAMILLO, mayor de edad, de estado civil divorciado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 6.391.997, en su carácter de parte demandada; y, el ciudadano ALBINO RODRÍGUEZ VAZQUEZ.....