En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por la representación Judicial de la entidad de trabajo SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A., contra el Acto Administrativo denominado Certificación N° 00503-2012, de fecha veinte (20) de agosto de dos mil doce (2012), dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT), órgano dependiente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).-