Este Tribunal declaró CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada por la Abg. NURYVEL PEÑA GONZÁLEZ, actuando en su carácter de Juez del Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante acta de fecha siete (07) de junio de dos mil dieciséis (2016), de conformidad con lo establecido en la causal genérica dispuesta en la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha siete (07) de agosto de dos mil tres (2003), con ponencia del Magistrado DR. JOSÉ M. DELGADO OCANDO, y por las razones debidamente indicadas en la parte motiva del fallo y no de conformidad con el numeral 6° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-