Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana CAMELIA FERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública Décima Segunda (12°) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, toda vez que la decisión dictada en fecha 06 de Julio de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 5 de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, se encuentra debidamente motivada en base a los presupuestos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.