Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Materia de Reenvío en lo Penal y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada MILAGROS RENGIFO RINCONES, en su condición de Fiscala Centésima Trigésima Quinta (135º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia dictada en fecha 06 de febrero de 2012, por el Juzgado Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual decretó el Sobreseimiento del Proceso Penal y en consecuencia la extinción de la acción penal, respecto al delito de Violencia Patrimonial previsto y sancionado en el artículo 50 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, confor.....