INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. GLADYMAR PRADERES CARDENAS, DEFENSORA PUBLICA CUADRAGESIMA OCTAVA (48º) DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN COLABORACIÓN CON LA DEFENSORIA PUBLICA CENTESIMA SEGUNDA (102º) DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en su condición de Defensora del ciudadano Imputado DANIEL DAVID GAMBOA MIJARES, contra la Decisión dictada por el Tribunal Vigésimo Cuarto (24º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 07 de noviembre de 2010 y publicado su texto íntegro en fecha 10 de noviembre de 2010, mediante la cual impone al ciudadano DANIEL DAVID GAMBOA MIJARES, la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, contenida en el numeral 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de P.....