DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano PEDRO RIVAS contra la ciudadana ADELA FRANCIA CHACON TORRES y en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena la entrega del inmueble ubicado en la Calle La Toma, Número 58, Puerta Caracas, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador, Distrito Capital, totalmente desocupado, libre de personas y de bienes y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.
SEGUNDO: Pagar subsidiariamente y por concepto de indemnización compensatoria la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 4.320.000, oo) correspondientes a los cánones insolutos comprendidos desde el Enero de 2.005 hasta el mes de Diciembre del 2.007, a razón de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.0.....