Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente Demanda Contencioso Administrativo de Nulidad, incoada por el ciudadano Héctor Bracho venezolano mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 3.659.591, en su condición de Director Ejecutivo de la Sociedad Mercantil Ecodipla Consultores C.A, debidamente asistido por el abogado Rafael Lorenzo Bastidas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 177.907, contra la Resolución Nº 00015068 de fecha 31 de Octubre de 2011, mediante la cual se fijó como canon de arrendamiento máximo mensual para comercio, al Local constituido por un área aproximadamente de ciento noventa y dos metros cuadrados (192mts2) la cual forma parte de un inmueble de mayor extensión como lo es el Centro Caroni, ubicado en la Avenida Caurimare con Calle Chama, Urbanización Colinas de Bello Monte, Municipio Baruta Esta.....