Se dicto Resolución, mediante la cual se HOMOLOGO, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, presentado por la Abogada MONICA ESCALONA, en su carácter de Defensora N° 243 de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Alcaldía de Caracas, adscrita a la Defensoría 108°, ubicada en el kilómetro 10, Casa AMADEO LEYBA, El Junquito Municipio Libertador del Distrito Capital, y debidamente suscrita por los ciudadanos STEENY ANER GUTIERREZ MESCIA y YULIMAR MOTABAN PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.228.014 y V-23.110.202 respectivamente, en fecha 03 de Diciembre de 2012, ante la referida Defensoría.