Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el abogado LUIS ALLEGRI ESPEJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.837, apoderado judicial del ciudadano VICTOR HUGO SALAS LOBO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.283.163, contra el Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda. En consecuencia, se ordena al Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda pagar al ciudadano Víctor Hugo Salas Lobo, las prestaciones sociales y los intereses sobre las mismas, así como el pago de los intereses moratorios causados por el retardo en el pago de las prestaciones sociales desde el 7 de marzo de 2007 (fecha de culminación de.....