En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENCIA DE ESTE TRIBUNAL para el conocimiento de la presente apelación interpuesta los Abogados ELIO CASTRILLO y ZHANDRA PORTAL, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada y parte actora, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha 28 de enero de 2011, por el Juzgado Octavo de Municipio del Area Metropolitana de Caracas, en el juicio que por extinción de contrato de opción de compra venta, sigue MARCO SORGI VENTURINI, contra JUDITH JOSEFINA MAYZ DE MENDOZA.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien se acuerda remiti.....