Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 14 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demandada interpuesta por los ciudadano Nelson Augusto Rodríguez Leal contra Paladar Extremo, C.A. (Restaurant Mantu), por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo. No hay condenatoria en costas.