siendo las once y quince minutos de la mañana, se traslado este juzgado en compañía de la parte actora, abogado Luís Gandica Montoya, Inpreabogado Nro. 1.046, quien actúa en este acto en su nombre y representación en la siguiente dirección: apartamento identificado con los números y letras 22-C-3, Torre “C”, Conjunto denominado Parque Carabobo Plaza, ubicado entre las Esquinas de Las Queseras y Niquitao, en el cruce de la Avenida Norte Sur 13, con las Calles Este 8 y Este 8 Bis, Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar de la medida de EMBARGO EJECUTIVO.-Acto seguido el Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la parte actora, el señalamiento por el efectuado, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble constituido un apartamento destinado a vivienda, distinguido con los números y letras Veintidós–C-3 (22-C-3), el cual forma parte de la Torre “C” del Conjunto deno.....