Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la diligencia de fecha 09 de Abril de 2014, suscrita por la representación judicial de la parte actora, abogada BETTY PEREZ AGUIRRE, antes identificada, mediante la cual desiste del procedimiento instaurado, éste Tribunal luego de haber verificado la autorización otorgada por la ciudadana LEYDA CELINA GRIMALDO HERNENDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-9.140.261, en su carácter de Vicepresidente de Recuperaciones y Cobro Judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A, comprueba que la misma tiene plena facultad para desistir en el presente juicio y por cuanto no existe presunción alguna que permita concluir que el desistimiento efectuado lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terceros, ni de las partes que intervienen en este juicio. Asimismo por cuanto el referido desistimiento del procedimiento no es contrario al orden público, ni a ninguna disposición exp.....