- III -
PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este JUZGADO QUINTO DE MUNCIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, al desistimiento efectuado en fecha 12 de abril del 2009 por la Abg. MIRIAM BALI DE ALEMAN, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 284, actuando en su carácter de Directora Principal de la solicitante INVERSIONES IBEPRO S.R.L., plenamente identificada en el texto del presente fallo.
Asimismo, se ordena devolverle a la parte solicitante la presente solicitud, previa nota de salida en el Libro de Solicitudes llevado por este Juzgado.
En virtud de la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y déjese copia certificada de .....