En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la sociedad mercantil CHARTER PEOPLE C.P., C.A., hasta cubrir la cantidad de: CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON VEINTOS CÉNTIMOS (Bs. 4.135.289.794,22), que comprende el doble de la suma demandada, y la cantidad de SEISCIENTOS VEINTE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON TRECE CÉNTIMOS (Bs. 620.293.469,13), que comprende las costas procesales calculadas prudencialmente en un treinta por ciento (30%).
Asimismo, este Tribunal DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre las cantidades que pudieran corresponder a la indemnización por la pérdida del casco, en virtud de la demanda que cursa en este Tribunal, intentada por CHARTER PEOPLE C.P., C.A., contra SEGUROS CANARIAS, signada bajo el expediente Nº 2009-000279, para lo cual se ordena oficiar a la.....