Se Modificar la MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN PROVISIONAL, en FAMILIA SUSTITUTA de conformidad con el artículo 397-D ejusdem, la cual se ejecutara en el hogar de la ciudadana FERNÁNDEZ VÁSQUEZ YASMIN ELVIRA, titular de la cédula de Identidad N° V-6.316.785, ubicada en la avenida Principal del Cementerio, calle la Providencia, callejón los Mangos, casa N° 13, Teléfono 0212-632-14-71, celular 0416-219.76.98, queda entendido que la ciudadana FERNÁNDEZ VÁSQUEZ YASMIN ELVIRA, permanecerá con la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, ejerciendo la Responsabilidad de Crianza, de acuerdo al contenido del artículo 358 de la mencionada Ley. En consecuencia y en atención al literal "n" del artículo 183 de la Ley en comento, se ordena la continuación del seguimiento de la adolescente egresada, por la Entidad de Atención "MARIPOSA DEL WARAIRA". En tal sentido líbrese oficio a la Entidad de Atención a los fines de remitir el informe correspondiente del adolescente de conformidad