D E C I S I O N
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO interpuesto por la parte actora, ya identificada, en fecha 28 de Mayo de 2.012.- En consecuencia, téngase la presente decisión como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
En cuanto a la devolución del original solicitado por la parte actora, el cual cursa al folio cuatro (04) correspondiente a la letra de cambio, el Tribunal, acuerda la devolución del mismo, dejándose en su lugar copia certificada en su lugar, la cual será suscrita por el Secretario de éste Juzgado, de conformidad con lo establecido
en los Artículos 111° y 112° del Código de Procedimiento Civil, e insta a la parte actora a que consigne copia simple del documento solicitado a los fines de su d.....