Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 14 de febrero de 2025, por la abogada INGRID COROMOTO FAJARDO PINTO, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano FERNANDO VLADIMIR BARRET CESPEDES, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 29 de enero de 2025, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, sigue el ciudadano FERNANDO VLADIMIR BARRET CESPEDES, contra la ciudadana LEIDYS ANDREINA SÁNCHEZ GONZÁLEZ.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado con la motivación aquí expresada.
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