DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda ADMITIR el recurso de apelación interpuesto el 24 de Septiembre de 2014, por el Profesional del Derecho JOSE JOEL GOMEZ CORDERO, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos RONNY ALEXANDER PALACIOS RAMIREZ, WUEYMER JOSE LYON, LUIS ENRIQUE HERNANDEZ y EDWAR BECKER AULAR PINEDA, en contra de la decisión dictada el 18 de Septiembre de 2014, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró improcedente la solicitud de desestimación de la prueba anticipada presentada por el abogado JOSE JOEL GOMEZ CORDERO. De igual forma, la contestación al recurso de apelación presentado por la Vindicta Públi.....