-- IV --
DE LA DECISIÓN
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR peticionada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA IBIZA, C.A., en el juicio que por Cobro de Bolívares (Procedimiento Breve), sigue dicha sociedad mercantil contra el ciudadano EDUARDO MOLA JIMENEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-2.123.150.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital, a los Catorce (14) días del mes de Noviembre de Dos Mil Once (2011). Años 201º y 152º.
LA JUEZ PROVISORIA
DAYANA ORTÍZ RUBIO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
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