Se HOMOLOGA, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, suscrito por los progenitores ciudadanos NELSON ENRIQUE FUENTES GUERRERO y DORYS CAROLINA SERRANO PICHARDO en fecha 12 de Noviembre de 2013, ante la referida Defensoría, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, Asimismo se ordena oficiar a la Gerencia de Recursos Humanos TELCO Coordinación de Atención al Jubilado de CANTV, a los fines de comunicarle lo conducente también este Juzgado nombra correo especial al ciudadano NELSON ENRIQUE FUENTES GUERRERO, supra identificado, a fin de que traslade el oficio in comento, se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial a objeto que sea entregado en oficio dirigido Gerencia de Recursos Humanos TELCO a la parte interesada