En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DISUELTO el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos EDUARDO ANTONIO TORREALBA BARRIOS y ANYI COROMOTO RAMIREZ CLEMENTE, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.349.780 y V-25.740.997, respectivamente, y en consecuencia declara EL DIVORCIO de los precitados ciudadanos. Así se decide.