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Decisiones del dia 15/01/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2013-000836 N° Sentencia : Fecha: 15/01/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Comodato
Partes:
DEMANDANTE: ISABEL TERESA PACHECO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. V-7.341.259, REPRESENTADA JUDICIALMENTE POR EL ABOGADO MAXIMILIANO VASQUEZ RONDON, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 104.519. DEMANDADO: CIUDADANO HUGO DE JESUS ESPINA ROMERO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NRO. 7.626.867, REPRESENTADO JUDICIALMENTE POR LOS ABOGADOS MARISOL LUIS LUIS Y BENITO ENRIQUE MARTINEZ PERNIA, IPSA NÙMEROS: 84.887 Y 51
Resumen:
En cuanto a lo alegado por la parte actora en cuanto a que el comodatario incumplió con su obligación de preservar y mantener en buen estado el inmueble dado en comodato, lo cual contraviene lo establecido en la cláusula sexta del contrato, se debe indicar, que la parte actora no promovió un medio de prueba que demuestre este hecho y así se decide. Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal considera que la presente demanda debe prosperar en derecho y así se decide. III Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA intentada por ISABEL TERESA PACHECO contra HUGO DE JESÚS ESPINA ROMERO por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, (todos identificados al inicio de esta.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-V-2015-000013 N° Sentencia : Fecha: 15/01/2015
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: EL CIUDADANO JOSE ALIRIO MORA VERGARA, ABOGADO EN EJERCICIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-3.992.199, INSCRITO EN EL IPSA NO. 32.738, QUIEN ACTÚA EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN. DEMANDADA: LOS CIUDADANOS YELITZA EGGILDA OCHOA LOPEZ Y ONOFRIO SCATTAGLIA OROPEZA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-7.918.033 Y V-6.450.535, RESPECTIVAMENTE, SIN REPRESENTACIÓN JUDICIAL CONSTITUIDA.
Resumen:
Esto quiere decir, que uno de los requisitos para que proceda una demanda por el procedimiento monitorio, es que las cantidades demandadas sean liquidas, y en el presente caso se están demandando el pago de los intereses legales que se sigan causando hasta el momento del pago definitivo de las sumas adeudadas, los cuales no son líquidos al momento de interponer la demanda, en tal sentido, este Tribunal NIEGA la admisión de la presente demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 643, Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, el cual establece: "... El Juez negará la admisión de la demanda por auto razonado, en los casos siguientes: 1° Si faltare alguno de los requisitos exigidos en el artículo 640..." Y así se decide. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE, la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (15) días del mes de Enero de 2015. AÑOS: 204° y 155°.
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-S-2013-006765. N° Sentencia : Fecha: 15/01/2015
Procedimiento:
Separacion De Cuerpos (Conversión De Divorcio)
Partes:
SOLICITANTES: LOS CIUDADANOS DANIEL ENRIQUE ZERPA VALERO Y JUISNICY ELENA GARCIA GIL, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-16.300.591 Y V-18.530.055, RESPECTIVAMENTE, DEBIDAMENTE ASISTIDOS POR EL ABOGADO CARLOS HERNANDEZ ACEVEDO, IPSA NO. 81.916
Resumen:
Ahora bien, en virtud de haber transcurrido más de un (01) año desde el día 14/08/2013, fecha en la cual se declaró la separación legal de cuerpos y bienes, y sin haber reconciliación entre ambos cónyuges, es por lo que, este Tribunal en consecuencia, declara la disolución del vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos DANIEL ENRIQUE ZERPA VALERO y JUISNICY ELENA GARCIA GIL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.300.591 y V-18.530.055, respectivamente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, el cual prevé entre otras cosas textualmente lo siguiente: "...La sentencia de conversión de la separación de cuerpos en divorcio, respetará los acuerdos de los cónyuges relativos a los hijos sin, perjuicio de poder resolver otra cosa cuando de los autos aparezcan elementos de prueba que aconsejen tomar las medidas y resoluciones a que se refiere el artículo 192 del Código Civil...". Y ASÍ SE DECI.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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