este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano Antonio Rodríguez Diniz, venezolano por naturalización, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.163.001, a los fines de garantizar su protección integral, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente y de conformidad con lo establecido en las normas anteriormente mencionadas se designa a la ciudadana Eugenia De Araujo De Rodríguez, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. E- 801.049, TUTORA PROVISIONAL del ciudadano Antonio Rodríguez Diniz, antes identificado. En consecuencia, se or.....