este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara LA INCOMPETENCIA, en el juicio interpuesto por la ciudadana MARILU DELGADO CONTRERAS contra la empresa VENEZOLANA DE MANTENIMIENTO, C.A. (VEMANCA), para conocer de la presente causa, por lo que en consecuencia se declina la competencia en los Juzgados del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo.-
PUBLÍQUESE, REGISTRESE, y DEJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los quince (15) días del mes mayo de dos mil once 2012. Años 202º y 15.....