Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 14 de mayo de 2015, por la abogado ISAMIR GONZALEZ NIÑO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora contra el acta de fecha 13 de mayo de 2015, cuya sentencia fue publicada el 20 de mayo de 2015, por el Juzgado 11º de Primera Instancia de Juicio, oída en ambos efectos el 28 de mayo de 2015. SEGUNDO: REVOCA la sentencia apelada. TERCERO: SIN LUGAR la prejudicialidad alegada por la parte demandada. CUARTO: ORDENA al Juzgado 11º de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que dicte sentencia de fondo en el juicio seguido por el ciudadano GUSTAVO COLMENARES AL.....