Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara SIN LUGAR de conformidad con los artículos 26, 49, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la abogada Adriana Meaño en su carácter de Fiscal Centésima Duodécimo del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de junio de 2015, en la que fueron absueltos los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA). SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de .....