Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE la acción de amparo interpuesta por la ciudadana ARCELIA DE LA CRUZ BERNARD de BECERRA, asistida por el abogado OVIDIO TOCUYO FORD, contra la sentencia dictada el 20 de septiembre del 2012 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo de la acción de amparo constitucional incoado por los ciudadanos ADRIANA NAZARETH GUZMÁN BERNARD y DAVID JESÚS PEÑALOZA MUJICA, representados judicialmente por la profesional del derecho YRIS JOSESFINA BERNARD GUZMÁN, contra los ciudadanos ARCELIA DE LA CRUZ BERNARD de BECERRA, CARLOS ARTURO BECERRA BERNARD, DANNY JONA.....