Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este tribunal declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos VENANCIO FERNANDO BORGES GUZMAN y ELIZABETH JOSEFINA DAVID GODOY, el 4 de febrero de 1987, ante la Prefectura Civil del Distrito Sucre del Estado Miranda, asentado bajo el Acta número veintiocho (Nº 28), en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año 1987 por ese Despacho.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda y al Registro Principal Civil del Estado Miranda, con sede en Los Teques; así como a la Oficina Regional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral, en el Estado Miranda, anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, ordenada su.....