|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 15/10/2015 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
AP71-R-2012-000297
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 15/10/2015 |
Procedimiento: Recurso De Casación |
Partes: LINA ESTHER ROLON MOLINA |
Resumen:
Ahora bien, conforme a lo anterior habiendo quedado la estimación de la demanda conforme a lo decidido por el ad quem en la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 265.000,00), estando la unidad tributaria para el momento de la interposición de la misma fijada en cuarenta y seis bolívares (Bs. 46), dicho monto equivalía a cinco mil setecientos sesenta y un (5761) Unidades Tributarias, resultando que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 20 de mayo de 2004, en su artículo 18 exigía como requisito indispensable para ejercer el recurso de casación, que la cuantía de la demanda debía exceder de 3.000 unidades tributarias, lo que equivalía para ese entonces a la cantidad de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 138.000,00), todo lo cual conlleva a establecer que en el sub examine se cumple con el precitado requisito de la cuantía, en consecuencia, este Juzgado Superior Segundo A.....
|
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
|
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
|
N° Expediente :
AP31S2015004522
|
N° Sentencia :
PJ0062015000281
|
Fecha: 15/10/2015 |
Procedimiento: Rectificación De Acta De Matrimonio |
Partes: MARIA INÉS DE MATA DE SOUSA |
Resumen:
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana MARIA INÉS DE MATA DE SOUSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.000.034, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, del Concejo Municipal del Distrito Federal, Municipio Libertador, estampar la nota marginal del acta de matrimonio de la solicitante, ciudadana la ciudadana MARIA INÉS DE MATA DE SOUSA, en fecha 16 de noviembre de 1990.- Dicha acta aparece signada con Nº 369, de los libros de matrimonio llevados en el año 1990, quedando rectificada de la siguiente manera: donde dice: "....compareció el ciudadano TONINO DE CANIO ALBANO.......hijo de Michele De Canio y de Lucia Albano de De Canio", debe decir: "...compareció el ciudadano TONINO DE CANIO ALBANO ........hijo de Miche.....
|
Juez/Ponente:
Jenny Mercedes Gonzalez Franquis
|
Organo:
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
|
N° Expediente :
AP21-S-2015-002152
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 15/10/2015 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA S.A (ANTES DENOMINADA AVENTIS PHARMA, S.A), A FAVOR DE LA CIUDADANA MILIANNY MARÍN |
Resumen:
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Se deja constancia del Pago en la Oferta Real presentada por la entidad de trabajo Sanofi Aventis de Venezuela S.A (antes denominada Aventis Pharma, S.A), a favor de la ciudadana Milianny Marín, todos identificados en autos. Segundo: Se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas requeridas, a tenor de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, instando a las partes a consignar los fotostatos correspondientes.
|
Juez/Ponente:
Melitza Guiliarte
|
Organo:
Juzgado Septimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
|
N° Expediente :
AP21-S-2015-002167
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 15/10/2015 |
Procedimiento: Oferta Real De Pago |
Partes: SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA, S.A VS LUZ CRUZ NUÑEZ |
Resumen:
Como corolario de los criterios antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, acoge el criterio establecido por el Juzgado Séptimo Superior de este Circuito Judicial Laboral, en relación a la homologación de las transacciones celebradas en Ofertas Reales de Pago, a los fines de garantizar la irrenunciabilidad de los derechos laborales con rango constitucional, razón por la cual se Niega la solicitud de homologación de la transacción presentada por las partes en fecha 09 de octubre de 2015, por ser contrario a derecho; sin embargo este Juzgado deja constancia que la parte OFERENTE realizó a la parte OFERIDA, un pago por la cantidad de CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs.5.359.744,00), mediante cheque, signado con el No. 07826898, girado contra el Banco Provincial, de fecha 06 de octubre de 2015, a nombre de CRUZ NUÑEZ LUZ, del cua.....
|
Juez/Ponente:
Lilia Nohemi Zoriano Trejo
|
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
|
N° Expediente :
AP21-R-2015-001284
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 15/10/2015 |
Procedimiento: Audiencia Oral Y Publica De Juicio |
Partes: JESUS GABRIEL CORONADO LARA & SIS, SISTEMAS INTEGRALES DE SEGURIDAD, C.A. |
Resumen:
Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recuso de Hecho interpuesto por el abogado, HUMBERTO DECARLI, inscrito en el IPSA bajo el N° 9.928, en su carácter de apoderado judicial de la empresa, YEHEZKEL YADGAR & CIA, S.C.S. (Sisven Seguridad), sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 25, tomo 2-B-Sgdo., en fecha 09 de marzo de 2001; contra el auto de fecha, 06 de agosto de 2015, dictado por el Juzgado 45° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, mediante la cual oyó en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra el auto del 29 de julio de 2015, de se mismo Tribunal, el cual q.....
|
Juez/Ponente:
Asdrubal Salazar Hernández
|
Organo:
Juzgado Primero Superior Del Trabajo
|
N° Expediente :
AP21-L-2014-001402
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 15/10/2015 |
Procedimiento: Accidente De Trabajo, Enfermedad Profesional Y Ps. |
Partes: CONCEPCIÓN BERTOLO GAITERO Y JOSE REY PRADO VS. TELEFONICA VENEZOLANA, CA (ANTES TELCEL, CA.) |
Resumen:
Declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda. SEGUNDO: Sin lugar las indemnizaciones establecidas en los artículos 86, 87,129 y 130 de la LOPCYMAT. Se condena a la demandada a pagar indemnización por daño moral por la cantidad de cientos setenta y seis mil trescientos ochenta y cinco bolívares con setenta céntimos, (176.385,70), a los ascendientes en partes iguales, por daño moral, dado el infortunio de trabajo. TERCERO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total.
|
Juez/Ponente:
Beatriz Pinto
|
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
|
|
|
|
|