Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL FALLO dictado por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito en fecha 22 de mayo de 2012 solicitada por el abogado NÉSTOR RAFAEL MARTÍNEZ GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.482, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil HOTEL TAMANACO, C.A., con motivo de la acción de amparo constitucional ejercida contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas a cargo del ciudadano Juez Carlos Julio Pino Ávila, en fecha 22 de mayo de 2012, en el asunto identificado bajo la nomenclatura AP21-O-2012-000142......