III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara lo siguiente:
PRIMERO: Se DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano, CHRISTIAN JOSÉ RODRÍGUEZ SEVILLA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.067.308, designándose como TUTOR INTERINO a su hermano, ciudadano RUBÉN ARNALDO RODRÍGUEZ SEVILLA, titular de la Cédula de Identidad número V- 6.027.286.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria anterior, se ordena proseguir el procedimiento mediante las previsiones del juicio ordinario, tal y como lo establece el primer párrafo del artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, quedando la causa abierta a pruebas, una vez conste en autos la notificación del representante del Ministerio Público y del tutor interino designado, ciudadano RUBÉN ARNALDO RODRÍGUE.....