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Decisiones del dia 16/03/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Duodecimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2008-001649 N° Sentencia : Fecha: 16/03/2009
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
MARIA EDILMA GUISAO DE MARIN EN CONTRA DE FRANKLIN BRIONES PAREDES
Resumen:
DISPOSITIVO De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara la ciudadana MARIA EDILMA GUISAO DE MARIN contra del ciudadano FRANKLIN BRIONES PAREDES, ya identificados al inicio de este fallo, en consecuencia se condena a la parte demandado: PRIMERO: HACER ENTREGA a la parte demandante del bien inmueble constituido por un apartamento identificado con el No.22 del piso 2, del Edifico ULTRAMAR, ubicado en la Avenida San Martín, entre esquinas de Angelitos a Jesús, Parroquia San Juan, municipio Libertador, Distrito Capital.- SEGUNDO: Pagar las costas procesales de conformidad con la norma prevista en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud que el demandado resultó totalmente.....
Juez/Ponente:
Anabel Gonzalez Gonzalez
Organo:
Juzgado Duodecimo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2009-000196 N° Sentencia : Fecha: 16/03/2009
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
SERENOS RESPONSABLES SERECA C.A EN CONTRA DE LA EMPRESA STOCKINGENIERIA C.A
Resumen:
Así las cosas, en el caso que nos ocupa es imperioso destacar que la parte actora estimó la demanda en la cantidad de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (BS.18.389,78), que el procedimiento elegido por el actor es el referente a la vía ejecutiva, y toda vez que se trata de un procedimiento especial establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, que se encuentra excluido de la aplicación del procedimiento oral previsto en el artículo 859 ejusdem, y que no está comprendida en el cambio de competencia por la cuantía antes señalado; y siendo que los Juzgados de Municipio sólo conocerán de las causas que no excedan de la suma de Cinco millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00) cuando se trate de procedimientos especiales, y establecida como quedó en el presente caso la cuantía de la demanda en la suma de dieciocho mil trescientos ochenta y nueve bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 18.389,78), es por lo que resulta forzos.....
Juez/Ponente:
Anabel Gonzalez Gonzalez
Organo:
Juzgado Duodecimo de Municipio
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