imparte la HOMOLOGACIÓN a la conciliación celebrada entre la abogada Carmen Lailen Valero Bolívar, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Alejandrina León de Bolívar, por una parte y por la otra, el ciudadano Frank Orlando Castillo Ramírez, debidamente representado por la abogada Marina Romero, en su condición de Defensora Pública Primera con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda, durante la audiencia de juicio llevada a cabo en esta misma fecha y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil