Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por los abogados los abogados Manuel A. Iturbe y Lorenzo E. Marturet D., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.979.567 y 14.021.054, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 48.523 y 117.853, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente KRAFT FOODS VENEZUELA, C.A. (antes denominada Nabisco Venezuela, C.A.). En consecuencia:
1. Se ANULAN las multas determinadas por el incumplimiento (agente de retención IVA) cometido en los periodos de 2ª quincena febrero 2004, 1ª quincena abril de 2004, 2ª quincena de abril de 2004, por las cantidades de 162,49, 618,14, 2.054,60 Unidades Tributarias, respectivamente.
2. Se CONFIRMA la multa determinada por el incumplimiento (ag.....