Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia en la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por los abogados MAXIMINO ANTONIO ÁLVAREZ RENGIFO, LISBETH JUANA IRIARTE MENDOZA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 89.128 y 127.835, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos FRANKLIN JOSÉ BASTARDO ESTRADA, JOSÉ ANTONIO UZCATEGUI SALAS, GERMÁN CRISTÓBAL DELGADO AREVALO, DURAN ÁNGEL CUSTODIO, YORMAN JOSÉ ROA TERÁN, DARWIN ANTONIO SOSA MALAVÉ, YONSIMER ALEXANDER MEDINA y DEIVIS LARRY REYES HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números 17.475.453, 12.654.592, 5.611.308, 7.661.788, 14.839.122, 14.568.106, 16.577.429 y 18.816.250, respectivamente, en contra .....