Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 14 de abril de 2008, por la abogada Dalila Medina de Villasmil, Defensora Pública Décima Tercera de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia REVOCA la decisión dictada el 9 de abril del corriente, por el Juzgado Décimo Tercero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la medida de régimen abierto al penado Omar José Rodríguez Barreto, y en consecuencia se ORDENA al referido Juzgado aplique el contenido de la norma contenida en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, previo a la verificación de los supuestos de procedencia exigidos en dicha norma, todo ello conforme lo acordado por la Sa.....